DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 14017
LEV-PROH-21-2013
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. San José, a las nueve horas del
dieciséis de diciembre del dos mil trece.-------------------------------------------------------------------
Diligencias presentadas por la señora Marcela Zúñiga Vega, mayor, casada una vez, Intérprete
de la Lengua de Señas Costarricense (LESCO), vecina de San José, cédula de identidad uno-
quinientos sesenta y cuatro- ochocientos veintinueve, en su calidad personal, para que se
proceda al levantamiento de la prohibición previsto en el artículo 23 de la Ley de
Contratación Administrativa (LCA), a efectos de poder participar como oferente en los
procedimientos promovidos por el Centro Nacional de Rehabilitación y Educación Especial, en
relación con la contratación de servicios de Intérprete de la Lengua de Señas Costarricense
(LESCO).-------------------------------------------------------------------------------------------------------
I.- POR CUANTO: La gestionante señala que solicita se le levante la incompatibilidad surgida
en razón del nombramiento de su esposo Christian Ramírez Valerio, como miembro propietario
(representante de las Organizaciones de Personas con Discapacidad) ante el Consejo Directivo
del Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial (CNREE) para poder participar
como oferente en los procedimientos promovidos por el Centro Nacional de Rehabilitación y
Educación Especial, en cuanto a la contratación de servicios de intérprete de la lengua de señas
costarricense (LESCO). Al respecto, señala que se desempeña como intérprete LESCO desde el
año 2001 (12 años) en diferentes instancias como la Universidad de Costa Rica, Universidad
Estatal a Distancia, CNREE y Canal 31. Indica que las personas sordas de conformidad con la
Convención Internacional de las Personas con Discapacidad (Ley No. 8661) tienen derecho a
esc ...
Fecha publicación: 19/12/2013
Fecha emisión: 16/12/2013
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: LEVANTAMIENTOS DE PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Proceso: LEVANTAMIENTO DE LA PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
Al oficio No. 13615
LEV-PROH No.20-2013
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. San José, a las nueve horas del diez de diciembre
de dos mil trece.------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Se conocen diligencias presentadas por el señor Héctor Alfaro Castro, en representación de la empresa
Alfaro y Arkitechtos Asociados, Consultores y Constructores S. A. cédula jurídica 3-101-563153,
tendientes a obtener, de parte de este órgano contralor, el levantamiento de la prohibición que establecen
los artículos 22, 22 bis y 23 de la Ley de la Contratación Administrativa, ya que su esposa, la señora
Cristina Mora Barrantes, es regidora suplente de la Municipalidad de Valverde Vega.-------------------------
RESULTANDO
I. En la gestión presentada se indica que el señor Héctor Alfaro Castro y la señora Cristina Mora
Barrantes, contrajeron nupcias el día 10 diciembre del año 2011 y que dicha señora asumió como regidora
suplente de la Municipalidad de Valverde Vega el día 01 de mayo del año 2010. Expresa que la actividad
comercial de la empresa es el diseño, la construcción, elaboración de planos, anteproyectos y consultorías
en materia de arquitectura. Además, señala que considera que el momento donde nace la prohibición sería
cuando contrajo nupcias en diciembre de 2011 y no cuando la señora Mora es electa como regidora
suplente, pues no tenía ninguna relación formal en ese tiempo con ella. Inclusive, el 18 de noviembre del
2010 la Municipalidad de Valverde Vega lo contrató.---------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO
I. HECHOS PROBADOS: De la información suministrada por el señor Héctor Alfaro Castro, se tiene
por acreditado, lo siguiente: 1) Que el señor Héctor Alfaro Castro y la señora Cristina Mora Barrantes
contrajeron nupcias el día 07 de dicie ...
Fecha publicación: 13/12/2013
Fecha emisión: 10/12/2013
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: LEVANTAMIENTOS DE PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Proceso: LEVANTAMIENTO DE LA PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 13530
06 de diciembre de 2013
DCA-3129
Señora
Norma Ureña Boza
Presidenta
Tribunal Registral Administrativo
Estimada señora:
Asunto: Se emite criterio general en torno a la constitución de fideicomisos.
Nos referimos a su oficio PR-076-2013 del presente año, mediante el cual solicita criterio del órgano
contralor en torno a la constitución de fideicomisos.
Manifiesta, que el Tribunal Registral Administrativo fue creado por la Ley 8039, Ley de Procedimientos
de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual. Señala, que dicha norma legal en el numeral 25
dispuso que ese Tribunal podría realizar los actos o contratos que le permitiera su funcionamiento
administrativo, tales como recibir bienes muebles o inmuebles, aceptar traslado de personal, contratar
asesores y técnicos, capacitación y la investigación que se genere con instituciones públicas o privadas,
nacionales o extranjeras.
Manifiesta que existe interés en construir la sede del Tribunal en terreno propio y que se cuenta con los
fondos económicos suficientes para realizar la construcción y equipamiento, sin embargo, carecen del
recurso humano y técnico que permita realizar todas las tareas que implica la construcción de un edificio.
Ante ese panorama, se encuentran explorando diferentes alternativas entre las que se encuentra constituir
un fideicomiso con un banco del sistema bancario nacional, mediante el cual la entidad bancaria coadyuve
en la realización de esa tarea.
Manifiesta que no se puede obviar lo dispuesto en los artículos 1 y 14 de la Ley de Administración
Financiera, en cuanto a la necesidad de contar con una ley específica que autorice la constitución de un
fideicomiso.
De esta forma consulta sobre la viabilidad legal de constituir un fideicomiso que se encargue de la
construcción y equipamiento de las ...
Fecha publicación: 11/12/2013
Fecha emisión: 06/12/2013
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
Al oficio No. 12496
13 de noviembre, 2013
DCA-2869
Señora
Lilliam Román Zeledón
Estimada señora:
Asunto: Se archiva solicitud de levantamiento de prohibición a efectos de vender un libro a la
Municipalidad de Abangares
Nos referimos a su nota fechada 15 de octubre del presente año, recibida en este órgano contralor el 22 de
octubre del año en curso, mediante la cual consulta si existe impedimento para que la Municipalidad de
Abangares compre el libro que usted realizó, titulado “Un Siglo de Oro de las Juntas de Abangares”, por
cuanto usted es hermana de la esposa del alcalde municipal.
Mediante oficio DCA-2772 del 06 de noviembre del presente año, este órgano contralor solicitó
información adicional necesaria para el correcto abordaje de la gestión presentada. Dicho oficio se notificó
al correo electrónico indicado en su nota, y se otorgó un plazo de tres días hábiles para atender el
requerimiento formulado.
Así las cosas, siendo que el citado oficio DCA-2777 fue notificado el día 06 de noviembre y al haberse
superado los tres días hábiles concedidos para brindar la información solicitada, le comunicamos que
hemos procedido a archivar la gestión sin mayor trámite de nuestra parte.
No omitimos indicarle que en caso de una nueva gestión, deberá cumplirse con lo dispuesto en el oficio
DCA-2772 y gustosamente atenderemos la solicitud en el menor tiempo posible.
Atentamente,
Licda. Marlene Chinchilla Carmiol Licda. Lucía Gólcher Beirute
Gerente Asociada Fiscalizadora
LGB/ymu
NI: 26358
G: 2013003470-1
] ...
Fecha publicación: 16/11/2013
Fecha emisión: 13/11/2013
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: LEVANTAMIENTOS DE PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Proceso: LEVANTAMIENTO DE LA PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 12295
11 de noviembre, 2013
DCA-2839
Señor
Urías Ugalde Varela
Presidente Ejecutivo
Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico
Estimado señor:
Asunto: Se emite criterio en torno a los estados financieros en los contratos de concesión de
gestión de servicios públicos.
Nos referimos a su oficio PESJU-276-2013 del presente año, mediante el cual solicita nuestro criterio en
torno a los estados financieros en los contratos de concesión de gestión de servicios públicos.
Manifiesta que existen contratos de concesión de gestión de servicios públicos, cuyo clausulado no hace
referencia a las obligaciones específicas de inversión en equipo y maquinaria por parte del concesionario.
Sin embargo, en los modelos financieros sí se establecen ciertos equipos y maquinaria.
Agrega, que las referencias a los equipos y maquinarias en los modelos financieros no necesariamente se
ajustan a las necesidades actuales, por lo que podría existir un desfase.
El criterio jurídico incorporado a su consulta, concluye que los modelos financieros son referenciales, y
señala que es predecible que durante la etapa de vigencia de un contrato de esta índole, las inversiones y
equipos señalados por el contratista dentro del modelo económico, sufran modificaciones.
Indica que la Administración se encuentra facultada para suscribir convenios complementarios o adendas,
ante la necesidad de nuevas inversiones en equipo y maquinaria necesarios.
Ante este panorama, solicita se le confirme:
a) Que los modelos financieros adheridos a los contratos de concesiones de gestión de servicios
públicos, tienen carácter referencial.
b) Que para regular los requerimientos de equipo de las concesiones, es preferible regularlos
mediante una adenda o un convenio complementarios en vez de estar contenidos en un modelo
financiero de ca ...
Fecha publicación: 14/11/2013
Fecha emisión: 11/11/2013
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 12179
LEV-PROH No. 18-2013
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. San José, a las diez horas del ocho de noviembre
del dos mil trece. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Diligencias presentadas por Katherine Granados Piedra, cédula de identidad número uno-mil
trescientos ochenta y siete-cuatrocientos veintinueve, con la finalidad de que se proceda con el
levantamiento de la prohibición que le asiste para participar en procesos concursales con el Poder
Judicial, en razón del vínculo de consanguinidad que mantiene con Carolyn Piedra Mora, actual
profesional 2 a.i. del subproceso de licitaciones del Departamento de Proveeduría Judicial. ------------------
RESULTANDO
ÚNICO: Que mediante escrito presentado en fecha 28 de octubre del 2013, por Katherine Granados
Piedra, solicita en su condición personal, el levantamiento de la prohibición que mantiene por virtud del
artículo 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa, para participar en procedimientos concursales
para el Poder Judicial, en vista de ostentar la condición de sobrina de la actual profesional 2 a.i. del
subproceso de licitaciones del Departamento de Proveeduría Judicial, Carolyn Piedra Mora. ----------------
CONSIDERANDO
I. Que el artículo 22 bis inciso d) de la Ley de la Contratación Administrativa, dispone que están
inhibidos de participar directa o indirectamente como oferentes en los procedimientos de contratación
administrativa que promueva la institución en la cual sirven, entre otros, los funcionarios públicos con
influencia o poder de decisión, en cualquier etapa del procedimiento de contratación administrativa,
incluso en su fiscalización posterior, en la etapa de ejecución o de construcción. A su vez el mismo
artículo expresa en su inciso h), que la prohibición de estos funcionario ...
Fecha publicación: 13/11/2013
Fecha emisión: 08/11/2013
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: LEVANTAMIENTOS DE PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Proceso: LEVANTAMIENTO DE LA PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 12174
LEV-PROH No. 17-2013
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. San José a las nueve horas del ocho de
noviembre del dos mil trece. ---------------------------------------------------------------------------------
Diligencias presentadas por Jesús Francisco Chacón Bravo, cédula de identidad uno - doscientos
treinta y siete - cero treinta y uno para que se proceda con el trámite de levantamiento de
prohibición regulado en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento a efectos de
que poder contratar con la Administración Pública. -----------------------------------------------------
RESULTANDO
I.- Que mediante escrito de fecha 9 de octubre del año en curso el Señor Francisco Chacón
Bravo, presentó diligencias de levantamiento de prohibición, alegando que se ha desempeñado
como abogado, primero como juez y luego como abogado litigante desde el año 1964, prestando
servicios tanto a nivel público como privado. Agrega que parte de la carrera profesional la
desempeñó en la Corte Suprema de Justicia y a su salida en el año 1990 inició práctica privada
como litigante. Indica que, en esta Administración, su nuera, Anabel González Campabadal,
cédula de identidad número uno - seiscientos quince - trescientos sesenta y siete, fue designada
como Ministra de Comercio Exterior. Explica entonces, que por el parentesco por afinidad en
primer grado que lo une con dicha señora, es posible que algunas circunstancias específicas, le
afecten la prohibición para contratar reguladas en el artículo 22 bis de la Ley de Contratación
Administrativa. Manifiesta que su actividad privada se remonta al año 1990, mucho antes de la
designación de su nuera en el cargo en mención, por lo que considera cumplir los supuestos del
inciso a) del artículo 23 de la Ley de Contratación Administrativa. Agrega que, por resolución
de este órgano contr ...
Fecha publicación: 13/11/2013
Fecha emisión: 08/11/2013
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: LEVANTAMIENTOS DE PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Proceso: LEVANTAMIENTO DE LA PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 12102
LEV-PROH No. 16-2013
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. San José, a las ocho horas del siete de noviembre
del dos mil trece.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I.- Se conocen diligencias presentadas por el señor Ricardo Fournier Vargas, cédula de identidad 1-454-
720, en representación de la empresa Consultoría y Desarrollo Urbana S. A., cédula jurídica 3-101-
158330, tendientes a obtener, de parte de este órgano contralor, el levantamiento de la prohibición del
inciso i) del artículo 22 bis de la Ley de la Contratación Administrativa, según lo dispuesto el numeral 23
de esa misma Ley.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------
II. En la gestión presentada se indica que el señor Ricardo Fournier Vargas es hermano de la señora
Alicia Fournier Vargas quien actualmente ocupa el cargo de diputada de la Asamblea Legislativa.
Además, el señor Fournier ejerce cargo de representación como Presidente de la compañía Consultoría y
Desarrollo Urbana S. A., la cual dentro de su giro comercial provee equipos y herramientas, así como
servicios de instalaciones menores a diversas entidades del sector público. Indica que la actividad con el
sector público se ejerce con anterioridad al nombramiento de su hermana como diputada, desde antes de
marzo del año 2009, por lo que se cumple el mínimo del año legal. Asimismo, manifiesta que el
desempeño en su puesto de representación en dicha compañía, cumple con la antelación mínima requerida
en el inciso b) del artículo 23 de la Ley de Contratación Administrativa. Conforme con lo anterior,
solicita el levantamiento de la prohibición para contratar o subcontratar en procedimientos de
contratación administrativa, para ...
Fecha publicación: 12/11/2013
Fecha emisión: 07/11/2013
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: LEVANTAMIENTOS DE PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Proceso: LEVANTAMIENTO DE LA PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
DIVISIÓN CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 11026
11 de octubre, 2013
DCA-2527
Señor
William Barrantes Sáenz
Presidente Ejecutivo
Consejo Nacional de Producción
Estimado señor:
Asunto: Se emite criterio con relación a lo indicado en nuestro oficio No.12868 (DCA-2862)
de fecha 28 de noviembre de 2012, sobre la aplicación del artículo 9 de la Ley
Orgánica del Consejo Nacional de Producción.
Damos respuesta a su oficio No. PE 370-13 de 18 de setiembre del 2013, recibido en la
Contraloría General de la República el pasado 19 de setiembre, por medio del cual solicita criterio de
este Despacho sobre el tema descrito en el asunto.
I. Motivo de la consulta
El Consejo Nacional de Producción (CNP), manifiesta que en circular suscrita por la
viceministra administrativa del Ministerio de Educación, en el “asunto” establece “Divulgación de
alcances del pronunciamiento DCA-2862, emitido por la Contraloría General de la República, del
28711712 (referencia N° 12868) y solicitud de autorización única para facultar a las Juntas de
Educación o Administrativas a proceder a contratar directamente los servicios de compras de
alimentos para el período 2014.”
Al respecto, señala que en la citada circular se llega a varias conclusiones por interpretación
del pronunciamiento contenido en el oficio DCA-12868 y procede a informarles a los destinatarios
“aspectos de interés en la adquisición de alimentos” para con ello darles un marco referencia de
acción y cómo proceder.
Ante esto, requiere se aclaren varios aspectos, específicamente en lo relacionado con la
aplicación del artículo 9 de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Producción, que desde su óptica
se enfoca de forma errónea, dando pie a la utilización de posibilidades homólogas, al resto de opciones
que se esgrimen para adquirir los alimentos, posibilidades éstas que ...
Fecha publicación: 16/10/2013
Fecha emisión: 11/10/2013
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA
DIVISIÓN CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 10752
07 de octubre, 2013
DCA-2478
Sr.
Rolando Alcione Castro Loría
IMOCA INVERSIONES MÚLTIPLES
DEL OESTE CASTRO ATENCIO S.A.
Estimado Señor:
Asunto: Se emite criterio en relación las invitaciones a cursar dentro de los procedimientos de
contratación directa autorizados por la Contraloría General de la República para la compra de
alimentos en los comedores estudiantiles que realizan las Juntas de Educación y Administrativas.
Nos referimos a su oficio sin número recibido en la Contraloría General de la República en fecha
07 de agosto del 2013, en el cual se solicita criterio descrito en el asunto.
Ahora bien, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Reglamento R-DC-197-2011
publicado en la Gaceta No. 244 del 20 de diciembre del 2011 denominado “Reglamento sobre la recepción
y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, esté órgano contralor integro
al Ministerio de Educación Pública mediante oficio No. 8612 (DJ-0647-2013) de fecha 20 de agosto del
2013, el cual fue atendido por el Ministerio de Educación Pública mediante oficio NO. DM 1146-9-2013
recibido en la Contraloría General de la República en fecha 9 de setiembre del 2013.
I. Motivo de la consulta
El Sr. Rolando Alcione Castro Loría en su condición de apoderado generalísimo sin límite de
suma de la sociedad Imoca Inversiones Múltiples del Oeste Castro Atencio S.A., señala que la empresa
que representa se ha dedicado a participar en las licitaciones como proveedor de alimentos para los
comedores escolares de los centros educativos del Ministerio de Educación.
Al respecto, indica que las Juntas de educación han empezado a utilizar la contratación directa
como una vía más fácil, porque así considera solo invitan a 3 proveedores que ellos deciden y dejan por
fuera a muchos otros proveedores qu ...
Fecha publicación: 07/10/2013
Fecha emisión: 04/10/2013
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA